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La Justicia suspendió dos artículos de la reforma laboral y la medida regirá inicialmente por 90 días
La Justicia dictó una medida cautelar que suspende temporalmente dos artículos de la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional, mientras continúa el análisis judicial sobre los puntos cuestionados. La decisión alcanza disposiciones vinculadas con el pago de indemnizaciones laborales y las consecuencias para los abogados en determinados reclamos judiciales
- Por El Caletense | 22/10/2026
En su columna de Info Radio, por El Caletense Radio 98.5, Jazmín Ruhay Ferrari, colaboradora del estudio jurídico Ruhay & Asociados, explicó los alcances de la resolución y detalló cuáles son los aspectos de la normativa que quedaron momentáneamente suspendidos.
Según indicó, la medida cautelar tendrá una duración inicial de 90 días. Durante ese período, la Justicia continuará evaluando los artículos cuestionados, en un proceso que busca determinar su alcance y compatibilidad con el marco legal vigente.
Uno de los puntos centrales de la controversia está relacionado con las condiciones de pago de las indemnizaciones laborales cuando existe una resolución judicial. La disposición cuestionada habilita la posibilidad de abonar esos montos en cuotas, con un esquema diferenciado según el tamaño de la empresa.
De acuerdo con lo explicado por Ferrari, el mecanismo contempla el pago de indemnizaciones en hasta seis cuotas para las grandes empresas y hasta doce cuotas para las pequeñas y medianas empresas (pymes). Esta modalidad generó cuestionamientos por sus posibles implicancias sobre los derechos de los trabajadores que deben percibir una compensación tras un conflicto laboral.
La suspensión de este artículo implica que su aplicación queda temporalmente frenada en el marco de la medida judicial, mientras se analiza la validez de la disposición y sus efectos sobre las relaciones laborales.
Cuestionamientos por los reclamos judiciales y el ejercicio profesional
El segundo artículo alcanzado por la medida cautelar está vinculado con los reclamos judiciales considerados excesivos y las posibles consecuencias que podrían recaer sobre los abogados que intervienen en esos procesos.
Este aspecto también forma parte de las discusiones en torno a la reforma laboral, debido a sus posibles efectos sobre el desarrollo de los litigios y el ejercicio profesional de quienes representan legalmente a los trabajadores y a las empresas.
En este contexto, la resolución judicial establece una suspensión temporal de la disposición cuestionada, mientras se profundiza el análisis sobre su aplicación y sus consecuencias jurídicas.
La decisión no implica que la reforma laboral haya sido anulada en su totalidad, sino que alcanza específicamente a los dos artículos señalados en la medida cautelar. Por lo tanto, el resto de las disposiciones de la normativa continúa vigente, según aclaró Ferrari.
El marco constitucional, en el centro del debate
Durante su columna, la colaboradora del estudio jurídico Ruhay & Asociados también recordó que cualquier modificación del régimen laboral debe respetar los derechos y las garantías establecidos en la Constitución Nacional.
Este principio constituye uno de los ejes centrales de las discusiones sobre los cambios en la legislación del trabajo, especialmente cuando las nuevas disposiciones pueden tener consecuencias sobre las indemnizaciones, el acceso a la Justicia y las garantías de los trabajadores.
La intervención judicial abre así una instancia de revisión sobre dos aspectos específicos de la reforma impulsada por el Gobierno nacional. Mientras dure la cautelar, los artículos cuestionados permanecerán suspendidos en los términos establecidos por la resolución, a la espera de los avances del proceso judicial.
De esta manera, la medida introduce una pausa temporal en la aplicación de dos disposiciones de la reforma laboral y mantiene abierto el debate sobre sus alcances legales y constitucionales.
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